Daños por agua en comunidades: quién paga según la procedencia del siniestro

Daños por agua en comunidades

Los daños por agua en comunidades son el siniestro más frecuente en las comunidades de propietarios de España. Según datos de UNESPA, se producen más de 850.000 al año en edificios asegurados, lo que equivale a un siniestro cada 46 segundos.

La pregunta que surge siempre es la misma: ¿quién paga? Y la respuesta depende casi siempre de una sola variable: el origen de la fuga. Esta guía explica quién responde en cada caso, qué cubre el seguro de comunidad, qué cubre el seguro de hogar y cómo actuar desde el primer momento para no perder cobertura.

Por qué el origen del siniestro lo determina todo

En los daños por agua no hay una respuesta única sobre quién paga. La responsabilidad sigue al origen de la fuga. Si el agua viene de una instalación comunitaria, la comunidad responde.

Si viene de una instalación privativa de un propietario, responde ese propietario. Si viene del exterior por fenómenos atmosféricos, responde el seguro de comunidad si tiene esa cobertura.

Esta regla parece sencilla, pero en la práctica identificar el origen exacto de una fuga puede ser difícil y costoso.

Una mancha de humedad en el techo del segundo piso puede tener su origen en la bajante comunitaria, en la terraza del piso de arriba, en una junta de la instalación privativa del tercero o en una filtración de la cubierta.

Hasta que no se localiza la avería con precisión, nadie sabe con certeza quién debe asumir el coste.

El artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal establece la obligación de cada propietario de mantener en buen estado su vivienda y sus instalaciones privativas para no causar daños a otros propietarios o a los elementos comunes.

Esta obligación de mantenimiento es la base legal de la responsabilidad por daños causados por instalaciones privativas.

Quién paga según la procedencia del agua

Origen en instalaciones comunitarias

Cuando la fuga procede de una bajante comunitaria, una tubería general del edificio, la cubierta, la terraza comunitaria o cualquier otra instalación que pertenece a la comunidad, la responsabilidad recae sobre la propia comunidad de propietarios.

En este caso, el seguro de la comunidad es quien debe hacerse cargo de la localización de la avería, la reparación de la instalación dañada y los daños materiales causados en las zonas comunes.

Si la fuga ha afectado también al interior de alguna vivienda, el seguro de comunidad puede cubrir los daños al continente de esa vivienda si tiene contratada esa cobertura.

En edificios del Pallars con instalaciones de fontanería de décadas de antigüedad, las bajantes comunitarias son una fuente frecuente de siniestros.

El mantenimiento preventivo y la revisión periódica de las instalaciones comunes es la mejor forma de reducir la frecuencia de estos siniestros, y es una de las tareas que debe supervisar el administrador de fincas.

Origen en instalación privativa de un piso

Cuando la fuga procede de la instalación interior de una vivienda concreta, del lavadero, del lavavajillas, de una junta deteriorada en el cuarto de baño o de cualquier otro elemento que pertenece exclusivamente al propietario de ese piso, la responsabilidad recae sobre ese propietario.

El propietario cuya instalación privativa ha causado el daño está obligado a reparar la avería en su vivienda y a indemnizar los daños causados a otros propietarios o a las zonas comunes.

Si tiene seguro de hogar con cobertura de responsabilidad civil por daños a terceros, su aseguradora se encargará de gestionar tanto la reparación de su instalación como los daños causados en la vivienda del vecino afectado.

Un detalle importante: si el propietario causante no tiene seguro de hogar o su póliza no cubre ese tipo de siniestro, debe asumir el coste de los daños de su bolsillo. La falta de seguro no le exime de responsabilidad.

Origen en fenómenos atmosféricos

Cuando el agua entra al edificio por lluvia intensa, granizo, nieve acumulada o cualquier otro fenómeno meteorológico, la responsabilidad recae sobre la comunidad como responsable del mantenimiento del edificio.

El seguro de comunidad cubre los daños causados por fenómenos atmosféricos si tiene contratada esa cobertura.

Esta cobertura es especialmente relevante para comunidades del Pallars, donde los temporales de nieve, el hielo en cubiertas y las lluvias torrenciales son causas frecuentes de filtraciones que afectan a viviendas y zonas comunes.

Conviene revisar que la póliza de comunidad incluya expresamente los daños por peso de nieve, hielo y deshielo, ya que algunas pólizas más económicas los excluyen o los tienen sublimitados.

En edificios de montaña, esa exclusión puede dejar a la comunidad sin cobertura en los siniestros más probables.

Origen desconocido o difícil de determinar

Esta es la situación más conflictiva y más frecuente en la práctica. La mancha aparece, los vecinos señalan distintas causas posibles y nadie asume la responsabilidad hasta que se localiza la avería con precisión.

En estos casos, lo más recomendable es comunicar el siniestro tanto al seguro de la comunidad como al seguro de hogar del propietario afectado.

Las aseguradoras tienen mecanismos para determinar el origen conjuntamente y distribuir la responsabilidad una vez localizada la avería.

Empezar a reparar antes de que el perito evalúe el siniestro puede perjudicar la cobertura, salvo que sea necesario por urgencia para evitar que los daños se agraven.

Qué cubre el seguro de comunidad y qué cubre el seguro de hogar

La distinción más práctica es esta: el seguro de comunidad cubre los daños en los elementos comunes y los causados a terceros desde instalaciones comunitarias.

El seguro de hogar cubre los daños dentro de la vivienda particular y los causados a terceros desde instalaciones privativas.

Tipo de daño Quién responde Qué póliza
Reparación de tubería comunitaria rota Comunidad Seguro de comunidad
Daños en zonas comunes por fuga comunitaria Comunidad Seguro de comunidad
Daños en vivienda por fuga de instalación privativa Propietario causante Seguro de hogar (RC)
Continente de vivienda afectada por fuga comunitaria Comunidad Seguro de comunidad (si tiene cobertura)
Contenido de la vivienda (muebles, enseres) Propietario afectado Seguro de hogar propio
Daños por lluvia, nieve o fenómenos atmosféricos Comunidad Seguro de comunidad (si tiene cobertura)

Continente y contenido: una distinción fundamental

Daños por agua en comunidades

Una fuente habitual de confusión es pensar que si la fuga tiene origen comunitario, la comunidad paga todo. No es así.

La comunidad, a través de su seguro, puede cubrir los daños al continente de la vivienda afectada: paredes, suelos, techos, instalaciones fijas.

Pero el contenido, es decir los muebles, electrodomésticos, ropa, enseres y objetos personales, nunca lo cubre el seguro de comunidad aunque el origen sea comunitario.

El contenido de cada vivienda es responsabilidad exclusiva del seguro de hogar de cada propietario. Por eso tener un seguro de hogar con cobertura de daños por agua y de contenido es importante incluso cuando la comunidad tiene su propio seguro.

Ambas pólizas son complementarias y cubren ámbitos distintos.

El convenio CICOS: cómo se resuelve entre aseguradoras

Cuando tanto el seguro de la comunidad como el seguro de hogar de algún propietario cubren partes del mismo siniestro, puede generarse un conflicto entre aseguradoras sobre quién paga qué.

Para agilizar la resolución de estos casos existe el Convenio de Indemnización Directa en el Sector del Seguro, conocido como CICOS.

Las aseguradoras adheridas al CICOS acuerdan un procedimiento ágil y estandarizado para gestionar los siniestros entre vecinos sin que el afectado tenga que esperar a que las compañías resuelvan su disputa interna. La mayoría de las grandes aseguradoras españolas están adheridas a este convenio.

Para el propietario afectado, el procedimiento más práctico es siempre comunicar el siniestro a su propia aseguradora aunque el origen parezca comunitario.

Su compañía se encargará de gestionar la reclamación frente a quien corresponda y de identificar la responsabilidad sin que el vecino afectado tenga que gestionar directamente la disputa entre pólizas.

Cómo actuar cuando se produce un daño por agua

Los primeros pasos tras detectar una fuga o un daño por agua son críticos para no perder cobertura y para agilizar la resolución del siniestro.

El primer paso es cortar el suministro de agua si es posible y urgente para evitar que los daños se agraven.

Si la fuga está en una instalación comunitaria, hay que cortar la llave general del edificio. Si está en una instalación privativa, hay que cortar la llave de paso del piso.

El segundo paso es documentar los daños con fotografías y vídeos antes de tocar nada. Cuanta más documentación se tenga antes de que llegue el perito, mejor.

Si se reparan los daños antes de la visita del perito, la aseguradora puede reducir o rechazar la indemnización.

El tercer paso es notificar el siniestro al administrador de fincas o al presidente de la comunidad, y simultáneamente comunicarlo a la aseguradora de la comunidad y al seguro de hogar propio si procede.

La ley establece un plazo de 7 días para notificar el siniestro a la aseguradora desde que se tiene conocimiento de él. No cumplirlo puede resultar en la reducción de la indemnización.

En Finques Alegret gestionamos todos los partes de siniestro de agua de las comunidades que administramos: notificación a la aseguradora, coordinación con el perito.

Seguimiento del proceso y defensa de los intereses de la comunidad frente a la compañía si la indemnización propuesta no es suficiente. Los propietarios no tienen que gestionar nada por su cuenta.

Daños por agua en el Pallars: una realidad especialmente frecuente

En las comunidades del Pallars Jussà y del Pallars Sobirà, los daños por agua tienen características específicas derivadas de la climatología de montaña y de la antigüedad del parque de edificios de la comarca.

Las nevadas intensas, los ciclos de hielo y deshielo repetidos, y las lluvias torrenciales de otoño son causas frecuentes de filtraciones en cubiertas, tejados y fachadas.

En edificios construidos en los años cincuenta y sesenta, las instalaciones de fontanería originales han llegado al límite de su vida útil y las roturas de bajantes y tuberías generales son una incidencia habitual en los meses de mayor actividad del edificio.

La Ley de Propiedad Horizontal obliga a las comunidades a mantener el edificio en condiciones adecuadas de conservación.

En el Pallars, eso significa revisar periódicamente el estado de cubiertas y bajantes antes de la temporada de nieve, no solo después de que se produzca el siniestro.

Un plan de mantenimiento preventivo reduce significativamente la frecuencia de siniestros de agua y el coste total que estos generan para la comunidad a lo largo del tiempo.

Conclusión

Los daños por agua en comunidades tienen siempre un responsable, y ese responsable lo determina el origen de la fuga. Instalación comunitaria, responsabilidad de la comunidad. Instalación privativa, responsabilidad del propietario.

Fenómeno atmosférico, responsabilidad de la comunidad. En todos los casos, actuar rápido, documentar bien y notificar a las aseguradoras en los plazos establecidos es lo que marca la diferencia entre una indemnización completa y una reducida o rechazada.

En Finques Alegret gestionamos los siniestros de agua de las comunidades del Pallars desde la primera notificación hasta el cierre del parte. Consúltanos sin compromiso.

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